Cannabis en Argentina: REPROCANN y ley

Qué es el REPROCANN, quién puede registrarse, qué límites fija la ley 27.350 y qué pasos seguir para obtener la autorización de cultivo en Argentina.

Actualizado el 24 de octubre de 2026. 4 fuentes oficiales.

Mapa de Argentina con el territorio continental, Tierra del Fuego y el Cono Sur como contexto.

Qué puedo hacer

¿Tengo que registrarme? (con límites)
REPROCANN, Ministerio de Salud. Gratuito y voluntario.
¿Qué me piden? (con límites)
Indicación médica, consentimiento informado y cuenta validada en Mi Argentina.
¿Cuántas plantas puedo tener? (con límites)
1 a 9 plantas en floración por paciente; 6 m² en interior y 15 m² en exterior.
¿Cuánto puedo llevar? (con límites)
Hasta 40 g de flores secas o 6 frascos de 30 ml; 3 años para autocultivo.
¿Puedo vender? (sancionado)
Fuera del régimen autorizado: sigue vigente la Ley 23.737.

con límites sancionado

Cómo funciona

Argentina regula el acceso medicinal al cannabis a través del REPROCANN, un registro gratuito del Ministerio de Salud. El trámite exige indicación médica y no habilita la venta.

  1. Indicación médica (con límites)

    El profesional de la salud acredita la indicación, firma el consentimiento informado y se vincula con el paciente.

    Ley 27.350

  2. Registro en el REPROCANN (con límites)

    Gratuito y voluntario, con cuenta validada en Mi Argentina.

    Decreto 883/2020

  3. Cultivo propio (con límites)

    1 a 9 plantas en floración por paciente; 6 m² en interior y 15 m² en exterior.

    Resolución 1780/2025

  4. Tercero cultivador (con límites)

    Cultiva para sí y para un único usuario adicional; las personas jurídicas necesitan un proyecto aprobado.

    Resolución 1780/2025

  5. Transporte (con límites)

    Hasta 40 g de flores secas o 6 frascos de 30 ml; la autorización dura 3 años.

    Resolución 1780/2025

  6. Venta (sancionado)

    El REPROCANN no habilita la venta: fuera del régimen autorizado sigue vigente la Ley 23.737.

    Ley 23.737