Cannabis en Argentina: REPROCANN y ley
Qué es el REPROCANN, quién puede registrarse, qué límites fija la ley 27.350 y qué pasos seguir para obtener la autorización de cultivo en Argentina.
Mapa de Argentina con el territorio continental, Tierra del Fuego y el Cono Sur como contexto. Qué puedo hacer
- ¿Tengo que registrarme? (con límites)
- REPROCANN, Ministerio de Salud. Gratuito y voluntario.
- ¿Qué me piden? (con límites)
- Indicación médica, consentimiento informado y cuenta validada en Mi Argentina.
- ¿Cuántas plantas puedo tener? (con límites)
- 1 a 9 plantas en floración por paciente; 6 m² en interior y 15 m² en exterior.
- ¿Cuánto puedo llevar? (con límites)
- Hasta 40 g de flores secas o 6 frascos de 30 ml; 3 años para autocultivo.
- ¿Puedo vender? (sancionado)
- Fuera del régimen autorizado: sigue vigente la Ley 23.737.
◐ con límites ✕ sancionado
Cómo funciona
Argentina regula el acceso medicinal al cannabis a través del REPROCANN, un registro gratuito del Ministerio de Salud. El trámite exige indicación médica y no habilita la venta.
-
Indicación médica (con límites)
El profesional de la salud acredita la indicación, firma el consentimiento informado y se vincula con el paciente.
Ley 27.350
-
Registro en el REPROCANN (con límites)
Gratuito y voluntario, con cuenta validada en Mi Argentina.
Decreto 883/2020
-
Cultivo propio (con límites)
1 a 9 plantas en floración por paciente; 6 m² en interior y 15 m² en exterior.
Resolución 1780/2025
-
Tercero cultivador (con límites)
Cultiva para sí y para un único usuario adicional; las personas jurídicas necesitan un proyecto aprobado.
Resolución 1780/2025
-
Transporte (con límites)
Hasta 40 g de flores secas o 6 frascos de 30 ml; la autorización dura 3 años.
Resolución 1780/2025
-
Venta (sancionado)
El REPROCANN no habilita la venta: fuera del régimen autorizado sigue vigente la Ley 23.737.
Ley 23.737
Fuentes oficiales